Deje su deuda en $0.- pesos demandando al fisco por prescripción de la deuda tributaria

Como vimos en nuestro artículo “Las 3 formas de dejar en $0 (cero) pesos las deudas tributariasuna de las maneras de conseguir que tu deuda tributaria quede en $0.- pesos, es alegando la prescripción extintiva como acción, es decir, demandando al fisco solicitando la prescripción de la deuda tributaria ante los tribunales de justicia.

En este artículo ahondaremos en este tema. Recomendados tener a la vista su certificado de deuda fiscal al día (certificado tesorería)

Revisaremos brevemente las situaciones en las que es posible recurrir a esta acción de prescripción, la oportunidad o plazo que existe para hacerlo, una breve explicación del procedimiento y las precauciones que se deben adoptar para no cometer errores y arruinar la oportunidad de dejar su deuda tributaria en $0.- pesos, demandando al fisco por prescripción de la deuda.

Veamos entonces:

 

A.- Situaciones en las que es posible demandar con éxito la prescripción de la deuda tributaria

 

Primero que todo hay que aclarar que no en todas las situaciones es posible recurrir a esta modalidad para eliminar deudas tributarias y dejarlas en $0.- pesos, aunque haya transcurrido mucho tiempo.

Deben darse las siguientes situaciones:

  1. Cuando exista deuda tributaria y hayan transcurrido más de 3 años sin que te hayan demandado
  2. Cuando te hayan demandado, pero no te han notificado y requerido de pago, y han transcurrido más de 3 años
  • Cuando te hayan demandado y notificado, pero hayan transcurrido más de 3 años de juicio inactivo. En este caso previamente se deberá promover un incidente de “abandono del procedimiento”.

¿Qué es el abandono del procedimiento en un juicio de cobro tributario?

Es el hecho de que Tesorería no haga ninguna gestión útil para avanzar en el juicio de cobro durante un tiempo determinado. lo que habilita al contribuyente para solicitar se declare el juicio como “abandonado” y, por tanto, se produce una situación como si nunca hubiera existido un juicio.

Con todo esto, ¿Cómo saber si mi situación tributaria cumple con estos requisitos?

La verdad es muy difícil para una persona que no sea Abogado especializado en temas tributarios darse cuenta de si se reúnen los requisitos en plenitud.. Por ello se aconseja recurrir a asesoría especializada.

 

B.- Oportunidad para demandar la prescripción de la deuda tributaria

Una vez que se cumplan los requisitos ya descritos en realidad no existe plazo para demandar al fisco la prescripción de la deuda.

El contribuyente puede demandar la prescripción cuando quiera y/o pueda, aun cuando el fisco reactive el juicio. Solo debe cuidar de tomar las precauciones que veremos en el punto E más adelante.

 

C.- Breve explicación del procedimiento

Ejercer la acción de prescripción es entablar un juicio propiamente tal, contra el fisco con todo lo que implica y los costos y demoras que conlleva. No se trata de presentar una solicitud y que respondan que si o que no.

 

D.- Efectos de la sentencia que declara la prescripción de la deuda tributaria

Una vez ejecutoriada la sentencia que declara la prescripción de la deuda tributaria se producen los siguientes efectos:

  1. Deja deuda en 0 pesos en todos los sistemas de SII y de tesorería
  2. Quedan sin efecto los embargos y revoca órdenes de arresto.
  3. Evita retenciones de impuestos
  4. Rehabilita a contribuyentes para hacer vida comercial y tributaria normal

E.- Precauciones

Por favor siga los siguientes consejos:

  1. Cumplidos los requisitos que hemos visto, lo primero que debe hacer el contribuyente, antes que cualquier otra cosa es alegar la prescripción como acción, es decir, demandar al fisco.
  2. Por ningún motivo debe hacer convenios ni solicitar prorrogas. No hay que hacer nada antes de demandar.
  3. No vaya a preguntar a Tesorería ni firme nada.
  4. Si por casualidad han transcurrido los 3 años y el fisco reactiva el juicio no haga nada sin consultar a un abogado especialista.

Finalmente, si Ud. cree que cumple con los requisitos descritos en este artículo y quiere dejar su deuda tributaria en $0. pesos, contacte a centrabogados.

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